Normativa
RIMI: cómo recuperar antes el IVA de tu instalación solar
El régimen que exceptúa a las inversiones en energía renovable del monto mínimo: qué equipos alcanza, qué beneficios da y qué hace falta para acceder.
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Si estás evaluando una inversión en energía solar para tu empresa, comercio o campo, hay una herramienta nueva que puede cambiar la ecuación financiera del proyecto: el RIMI. Acá te explicamos qué es, qué cubre y qué beneficios concretos tiene para una instalación solar.
Qué es el RIMI
El RIMI es el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, creado por la Ley 27.802. Está pensado para fomentar inversión productiva en micro, pequeñas y medianas empresas, dándoles un tratamiento impositivo diferencial cuando invierten en determinados activos.
En julio de 2026, la Secretaría de Energía reglamentó específicamente el capítulo del RIMI para energía renovable y eficiencia energética mediante la Resolución 161/2026, publicada en el Boletín Oficial y vigente desde el 14 de julio de ese año. Esa resolución es la que habilita, en concreto, a que las inversiones en paneles solares y equipos relacionados accedan a los beneficios del régimen.
El punto clave: sin monto mínimo
La mayoría de las categorías del RIMI exigen un piso de inversión que va de los USD 150.000 a los USD 9 millones según el tamaño de la empresa, montos pensados para grandes proyectos industriales.
Las inversiones en energía renovable y eficiencia energética quedan exceptuadas de ese piso mínimo. Una instalación solar para autoconsumo puede acceder a los beneficios aunque no llegue a los montos de un proyecto industrial grande.
Qué equipos están alcanzados
- Paneles solares fotovoltaicos y generadores fotovoltaicos.
- Sistemas de almacenamiento de energía mediante baterías.
- Aerogeneradores.
- Transformadores y convertidores eléctricos.
- Sistemas UPS y otros equipos de generación, almacenamiento o uso eficiente de energía.
La Secretaría de Energía se reservó la posibilidad de actualizar este listado a medida que surjan nuevas tecnologías.
Los beneficios fiscales concretos
- Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias. Permite deducir el valor de la inversión en plazos mucho más cortos que la vida útil real del equipo, lo que reduce la base imponible más rápido que con la amortización convencional.
- Devolución anticipada de créditos fiscales de IVA. El IVA pagado en la compra de paneles, inversores y estructuras se recupera de forma acelerada, en lugar de acumularse como crédito fiscal a compensar en el tiempo. Eso inyecta liquidez justo cuando más pesa el desembolso inicial.
Los dos beneficios atacan los dos puntos que más frenan una decisión de inversión en energía solar: el costo de capital inicial y el tiempo que tarda en recuperarse esa inversión por la vía impositiva.
Quién puede acceder y qué se necesita
El beneficio no es automático. Para acceder, la empresa debe estar inscripta en alguno de los registros oficiales correspondientes según el tipo de proyecto:
- RENPER, Registro de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable.
- RENPALMA, Registro Nacional de Proyectos de Almacenamiento de Energía Eléctrica.
- Certificado de Usuario-Generador, para proyectos de generación distribuida bajo la Ley 27.424.
La inscripción que corresponde depende de si el proyecto es de generación, de almacenamiento, o de autoconsumo con inyección de excedentes.
Por qué esto importa en el NEA
El costo de la energía es uno de los componentes más pesados en la estructura de gastos de muchas economías regionales. Para el sector agropecuario en particular, la exención del monto mínimo abre la puerta a proyectos de bombeo solar, riego y electrificación rural que antes quedaban fuera de la lógica de “gran inversión industrial” que exigía el RIMI en sus otras categorías.
Una advertencia importante
Un proyecto solar mal armado puede perder gran parte del valor de estos beneficios: si el sistema está sobredimensionado, no responde al perfil de consumo real de la empresa, o no cuenta con la documentación técnica necesaria para sostener su encuadre fiscal, el beneficio impositivo puede terminar siendo mucho menor al esperado, o directamente no aplicar. Por eso conviene que el dimensionamiento del sistema y el armado de la documentación se hagan de forma conjunta entre el instalador y el asesor impositivo de la empresa.
Esta información se basa en fuentes oficiales y especializadas del sector (Resolución 161/2026 de la Secretaría de Energía y coberturas asociadas). Para la aplicación concreta a un caso particular, siempre conviene la validación de un asesor impositivo.
